La Fiscalía no pactará con Cristiano si antes el jugador no acepta los hechos por los que ha sido denunciado, un presunto fraude fiscal de 14,7 millones de euros, repara el daño y paga la multa.
El jugador, por su parte, no moverá ficha hasta declarar como investigado el 31 de julio en el Juzgado de Pozuelo, donde no ha consignado ninguna cantidad. Tras escuchar la acusación en esa vistilla preliminar, el portugués aún dispondrá de 15 días para depositar el dinero en sede judicial y conseguir la atenuante de reparación del daño.
Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado exigen que se cumplan los términos del punto 6 del artículo 305 del Código Penal (CP) para cerrar pactos de conformidad con los acusados. Lo que dice el CP no deja lugar a dudas: “Los Jueces y Tribunales podrán imponer al obligado tributario o al autor del delito la pena inferior en uno o dos grados, siempre que, antes de que transcurran dos meses desde la citación judicial como imputado satisfaga la deuda tributaria y reconozca judicialmente los hechos.
Lo anterior será igualmente aplicable respecto de otros partícipes en el delito distintos del obligado tributario o del autor del delito, cuando colaboren activamente para la obtención de pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables, para el completo esclarecimiento de los hechos delictivos o para la averiguación del patrimonio del obligado tributario o de otros responsables del delito”.