Cristiano Ronaldo, jugador del Real Madrid, podría ser multado con un mínimo de 28 millones por cuatro delitos fiscales, tres de ellos agravados, según han informado los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) en un comunicado.
Los técnicos se han pronunciado así con motivo de la denuncia de la Fiscalía de Madrid contra el futbolista por cuatro delitos contra la Hacienda Pública cometidos entre los años 2011 y 2014 y que suponen un fraude tributario de 14,7 millones de euros. Concretamente, el delantero habría dejado de pagar a las arcas públicas españolas casi 1,4 millones de euros en 2011, 1,66 millones en 2012, 3,2 en 2013 y 8,5 millones de euros en 2014.
Los técnicos han resaltado que, finalmente, la Fiscalía ha presentado la denuncia antes del 30 de junio, evitando así que prescriba penalmente el presunto delito cometido en el IRNR de 2011, siempre que el juzgado admita a trámite la denuncia antes de seis meses.
En este sentido, ha señalado que el futbolista portugués podría haber cometido un delito fiscal en 2011 (art. 305 del código penal), que se penaliza con un mínimo de un año de prisión, y otros tres delitos fiscales agravados en 2012, 2013 y 2014 (art. 305 bis del código penal) al superar las cuotas presuntamente defraudadas los 600.000 euros.
Estos tres delitos agravados se castigan con penas de prisión de dos a seis años por cada uno de ellos, lo que implicaría la petición de la Abogacía del Estado de una pena mínima total de siete años por los cuatro presuntos delitos fiscales.
Si bien matiza que el juez podría aplicar la atenuante muy cualificada de regularización extemporánea introducida en el Código Penal en 2013 y reducir la pena a la mitad o a la cuarta parte de cada delito fiscal si el jugador reconoce los hechos y paga las cuotas defraudadas, los intereses y las multas en el plazo máximo de dos meses desde la citación judicial como investigado.
De este modo, se plantean dos escenarios distintos para Cristiano. Si como en el caso Messi el juez redujera las penas mínimas más o menos a la mitad, la pena de prisión total quedaría en 3 años y medio, por lo que el jugador podría entrar en prisión.
El segundo escenario más favorable sería en el que el juez podría reducir las penas mínimas a la cuarta parte, de modo que la pena de prisión total quedaría en 21 meses, por lo que al carecer el futbolista de antecedentes, el juez podría acordar que no entre en prisión, mientras no sea condenado en el tiempo de la pena suspendida.
Aunque Gestha indica que ese escenario requerirá una colaboración extraordinaria de los investigados para el esclarecimiento de los hechos denunciados, el reconocimiento de los delitos y el pago de las multas que se acuerden. Por otra parte, las multas mínimas establecidas en el Código Penal, alcanzan los 28 millones.
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